Dentro del marco legal del bajo el cual se rige la Entidad Académica del IMTA, en el Reglamento de Posgrado podemos encontrar que:

 

Artículo 7o.- Las autoridades del IMTA que intervienen en la impartición de la educación superior son las siguientes:

 

  • I. Junta de Gobierno del IMTA,

  • II. Consejo del Posgrado,

  • III. Subcoordinador de Posgrado, y

  • IV. Comités Académicos.

 

Artículo 8o.- La Junta de Gobierno en términos de la fracción II del artículo 7 del Decreto de creación del IMTA y del artículo 56 de la Ley de Ciencia y Tecnología, es la responsable de aprobar, modificar y cancelar los programas de posgrado del IMTA.